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El CGPJ consigue desbloquear el TC

Ayer, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) terminó eligiendo por unanimidad a los dos magistrados necesarios para renovar el Tribunal Constitucional conforme a la Constitución, tarea pendiente desde el mes de junio.

Este martes, 27 de diciembre, el CGPJ puso fin a la crisis institucional provocada por el intento de renovación del Constitucional de la mano del Gobierno mediante una reforma judicial que fue rechazada por el Alto Tribunal y el registro de un recurso del Senado, también desestimado.

El Tribunal Constitucional estaba pendiente de renovación desde el pasado 12 junio, día en el que el mandato caducó. Desde entonces, la corte de garantías ha sufrido un fuerte bloqueo que ha llevado, incluso, a que el propio Ejecutivo presentara una proposición de ley ante el Senado donde se incluían dos enmiendas parciales para modificar el Código Penal, reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para cambiar el sistema de elección y llegada de los dos candidatos del TC que elige el CGPJ. Tras este intento de renovación, el Partido Popular (PP) presentó un recurso de amparo ante el tribunal el pasado 7 de diciembre en el que se solicitaban medidas cautelarísimas para frenar el «asalto» por parte de la coalición.

Ante esta impugnación, el órgano decidió reunirse en Pleno, de forma urgente, el jueves, 15 de diciembre, para estudiarla y determinar si admitía a trámite las medidas de los ‘populares’. Los magistrados, finalmente, prefirieron aplazar la reunión al siguiente lunes, 19 —en medio de todo esto, Unidas Podemos, para evitar que salieran adelante las medidas cautelarísimas del PP y, por tanto, no se consumara la reforma judicial, presentó unas recusaciones contra el presidente del TC, Pedro González-Trevijano, y el magistrado, Antonio Narváez, ambos conservadores, alegando que tenían un «interés directo» en la no renovación del órgano al ser los magistrados que sustituirían al exministro de Justicia, Juan Carlos Campo, y a la exalto cargo de Moncloa, Laura Díez, los dos candidatos designados por el Gobierno, cuando se ratificase en el Senado su reforma en dos enmiendas incorporadas a la proposición de ley para abolir el delito de sedición y reformar la malversación; no obstante, el TC concluyó que no era el momento procesal oportuno y, en consecuencia, subestimó las recusaciones—; sin embargo, pese a las maniobras elaboradas por el espacio político liderado por Ione Belarra, se acordó suspender cautelarmente la tramitación de las enmiendas del PSOE y Podemos por 6 votos a 5 y, por tanto, se impidió votar en el Senado las dos enmiendas parciales porque, como muestra el auto del tribunal publicado hoy: “la expresa voluntad del constituyente” le sitúa como “garante último del equilibrio de poderes constitucionalmente establecido, incluyendo por tanto la posibilidad de limitar la capacidad de actuación del legislador cuando exceda de los márgenes constitucionales […] en el ejercicio de su irrenunciable responsabilidad constitucional”, pues “al legislador le corresponde respetar los límites materiales y formales del texto constitucional” y que el TC debe “controlar, en su función de intérprete supremo, el cumplimiento de estos límites”. También reconoce que «la centralidad de las Cortes Generales en nuestro Estado constitucional no significa que el ejercicio de sus poderes esté exento o liberado de subordinación a la Constitución” y que la Carta Magna “preside normativamente las actuaciones de todos los poderes públicos y, significadamente, la de aquel que asume la representación de la soberanía nacional”.

Debido a la resolución expresada por el Constitucional, la Cámara Alta presentó un escrito al órgano de garantías el martes, 20 de diciembre, afirmando que el TC no informó al Senado de los motivos de «esta grave medida», así como que tendría que haberse pronunciado «en el momento en que la proposición de ley orgánica se hallaba en tramitación en el Congreso de los Diputados» y que estas medidas cautelarísimas admitidas por el tribunal responden a una «urgencia excepcional». 

La Presidencia del Senado aseguró que la impugnación «se hace bajo una grave indefensión, el desconocimiento pleno de los motivos que ha llevado al TC ha adoptar esta grave medida», —aunque, como viene recogido líneas arriba, este miércoles se ha publicado el auto donde se explican los argumentos que llevaron a tal resolución—, así como que «debe considerarse firme», por lo que la «hipotética vulneración del derecho fundamental» alegada por el PP «no tiene posibilidad de reparación inmediata», requisito imprescindible para adoptar las medidas cautelarísimas. 

Además, también considera la Cámara Alta que el recurso «ocasiona una perturbación de la máxima gravedad a un interés constitucionalmente protegido, como es el consistente en que el Poder Legislativo […] pueda ejercer con plenitud las funciones que tiene constitucionalmente atribuidas» y que afecta a los derechos de los senadores en el ejercicio de su cargo y que se trata de una situación sin precedentes. 

Por otro lado, la impugnación subraya que «al considerar que procede la suspensión, el tribunal está anticipando su decisión sobre el amparo solicitado», es decir, que para adoptar las medidas cautelares, el Constitucional debió creer que la tramitación de las enmiendas producía «un perjuicio irreparable», de modo que el tribunal deberá considerar que el amparo debe ser concedido. 

Por último, se comenta que «la posibilidad de que se pueda utilizar el recurso de amparo para perturbar el ejercicio de la función legislativa es un motivo más para levantar la suspensión», pues la suspensión podría dejar un precedente que daría lugar a considerar el uso de recursos de amparo para frenar tramitaciones legales. 

El recurso fue respaldado por el Congreso de los Diputados, que también redactó su propio escrito, alegando que, al frenar la votación, se incurrió en «la mayor de las perturbaciones posibles que se puedan imaginar, no solo a un ‘interés constitucionalmente protegido’, sino todavía más grave, a una función del Estado, como es la función legislativa otorgada en exclusiva a las Cortes Generales”. De hecho, en palabras del Congreso, esta perturbación se debe a que la suspensión “ha afectado a una tramitación en curso -y aún no finalizada- de una ley, eliminándose una parte de un texto que fue aprobado legítimamente por la Comisión de Justicia y el Pleno del Congreso”. También aseguraron que conforme al artículo 66.3 de la Constitución Española, “las Cortes Generales son inviolables”.

El Senado, por su parte, exigió al tribunal que la impugnación fuera resuelta antes del jueves, 22, ya que iba a ser el día previsto para la votación de la proposición de ley, de manera que el presidente del TC, Pedro González-Trevijano, convocó de urgencia un Pleno extraordinario el pasado miércoles por la tarde, donde también se iban a valorar las recusaciones presentadas, de nuevo, por Unidas Podemos y apoyadas por la Fiscalía del Alto Tribunal, ese mismo día, para apartar al propio presidente y al magistrado, Antonio Narváez, ambos conservadores, del análisis de la impugnación, puesto que consideraban que la reforma de la ley les afectaba directamente, y de su propia recusación.

Tras una larga reunión de más de tres horas, el miércoles 21, el Tribunal Constitucional, subestimó las recusaciones de UP apoyadas por la Fiscalía del TC al presidente de la corte de garantías y al magistrado, Narváez, ya que, de lo contrario, actualmente habría mayoría progresista —fueron presentadas una vez más alegando exactamente los mismos argumentos. La Fiscalía, por su parte, se sumó a Podemos al percibir una «incuestionable vinculación directa de los citados miembros del Pleno con el objeto de tramitación parlamentaria», pues era «objetivamente incuestionable la incidencia automática de dicha norma en la situación personal/profesional de ambos». Aparte de esto, el TC desestimó el recurso presentado por el Senado por 6 votos a 5 —coincidiendo con los votos de la resolución sobre el recurso presentado por el PP, donde los 6 votos correspondieron al bloque conservador y los 5 restantes votos, al progresista—, reafirmándose, de esta manera, en la decisión de suspender la tramitación parlamentaria en el Senado de las dos enmiendas parciales incluidas en la proposición de ley sobre la sedición y la malversación para desbloquear el órgano, no cerrándose, en consecuencia, la crisis institucional.

Pues bien, tras los sucesivos varapalos a los que se ha visto sometida la reforma judicial del Gobierno para renovar el TC, hecho que ha provocado una crisis institucional sin precedentes en los 44 años que llevamos de democracia, ayer conocíamos que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) desbloqueaba por fin el Tribunal Constitucional (TC), en menos de 20 minutos y después de seis meses caducado, al haber elegido por unanimidad por los dos bloques del Consejo, los diez conservadores y los ocho progresistas, a los dos magistrados propuestos por los conservadores que por ley deben ser nombrados por el órgano para renovar la corte de garantías. Ellos son César Tolosa, conservador, y María Luisa Segoviano, progresista.

Casualmente, se ha producido días después de que, en el tradicional Mensaje del Rey de España en la Cena de Nochebuena, el Jefe del Estado aprovechara ese pequeño momento para dirigirse al conjunto de la nación y alertase de la erosión de las instituciones, exigiendo su fortalecimiento.

Estos dos nuevos magistrados accederán al Alto Tribunal de la mano de los designados por Moncloa Juan Carlos Campo, exministro de Justicia, y Laura Díez, exalto cargo del Palacio de la Moncloa.

Al haber ocurrido estos cambios, el siguiente paso para su total renovación es la salida de tres conservadores y un progresista, entrando tres progresistas y un conservador, por lo que, dentro de unos días, el Tribunal Constitucional pasará a ser de mayoría progresista.

Esta situación ha salido adelante porque los ocho vocales progresistas han decidido apoyar a la magistrada de la misma ideología, María Luisa Segoviano, la propuesta de los diez vocales conservadores, como alternativa a José Manuel Bandrés, que era la elección preferida de los progresistas; no obstante, según afirman fuentes del CGPJ, la minoría del Consejo ha dado un voto de confianza a Segoviano por «sentido institucional» y por querer salir de la situación de «bloqueo».

Después de César Tolosa, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, los conservadores añadieron a María Luisa Segoviano como magistrada de prestigio progresista porque José Manuel Bandrés estaba propuesto por Moncloa y bastante cercano al candidato a presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.

Respecto a la elección de Segoviano, que dejó de trabajar en el TS por jubilarse y que fue la primera mujer que presidió una sala del tribunal, ha sido nombrada magistrada del TC, en parte, por su perfil «inobjetable», aunque también por la cesión del sector progresista, según afirman fuentes del bloque conservador, un hecho constatable cuando en la votación han sido los progresistas quienes han dado su brazo a torcer; no obstante, el acuerdo se habría alcanzado si los conservadores hubieran aceptado a Bandrés.

Han estado presentes en el Pleno los 18 miembros actuales del Consejo, no los 21, que son los veinte vocales y el presidente, al renunciar el presidente Carlos Lesmes, al jubilarse el vocal Rafael Fernández Valverde y fallecer Victoria Cinto.

Al sector conservador únicamente le hacía falta un voto para conseguir los tres quintos marcados en la Constitución, necesidad que se logró en el momento en el que la primera vocal progresista en intervenir, Roser Bach, eligió a Tolosa y a Segoviano. La progresista Mar Cabrejas votó conforme a la anterior vocal, aludiendo que su decisión era tal debido a la responsabilidad institucional y, tras esto, se dejó entrever que la renovación estaba en manos del sector minoritario.

Después de que 17 miembros expresaran su voto, le tocaba el turno a Rafael Mozo, el presidente del Consejo de ideología progresista, el cual no ha sorprendido para nada en su opción, ya que se ha unido al resto de vocales y se ha felicitado por el desbloqueo; sin embargo, Enrique Lucas, miembro progresista, mostró malestar por las informaciones que le apuntaban como la llave para la renovación del tribunal y consideró su intención de votar con los conservadores al no apoyar los de su ideología a su hermano, Pablo Lucas, que era presentado por los conservadores, antes que Segoviano, como una alternativa a Bandrés, pero finalmente indicó que no tenía fundamento y que su voto respondía a su responsabilidad como vocal.

«Después de la tempestad, viene la calma», como se suele decir, y eso es lo que sucedió ayer en el Tribunal Constitucional, ya que tras más de 100 días de bloqueo, este martes se ha conseguido renovar el órgano por unanimidad, consenso que, por el contrario, va a ser muy complicado que se obtenga con el CGPJ.

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